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Consejos Comunales

SAN CRISTOBAL DE FIESTA POR COPA AMERICA

SAN CRISTOBAL DE FIESTA POR COPA AMERICA

 Wilber Arecio Dávila Gómez (*) 

El origen de la Copa América, proviene de la celebración del primer centenario de la independencia de Argentina, hace 91 años, desarrollándose entre el 2 al 17 de Julio de 1916, en Buenos Aires,   con la participación de las Selecciones de Argentina, Uruguay (AUF fundada en 1900), Chile (ANFP fundada en 1895) y  Brasil(CBF fundada en 1914). Ganando la primer edición Uruguay.

 

Desde 1993 vienen participando otras naciones, no afiliadas a la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol, fundada el 9 de Julio de 1916), entre ellas, Estados Unidos, México, Honduras Costa Rica y Japón. El cuadro honorífico  tiene que las selecciones de  Argentina y Uruguay obtuvieron  14 títulos cada una; Brasil 7; Paraguay y Perú 2,  Bolivia y Colombia 1.

 

La edición 42 de la Copa América, se jugará en Venezuela, aprobada en 1986, y tendrá escenarios 9 estadios, nueve ciudades venezolanas, San Cristóbal(Polideportivo de Pueblo Nuevo, capacidad de 42 mil 500 espectadores); Barinas ( Estadio La Carolina, 30 mil); Barquisimeto(Estadio Metropolitano de Fútbol de Lara, 40 mil  312); Mérida(Estadio Metropolitano de Mérida, 42 mil 200); Maracaibo(Estadio Pachencho Romero, 46 mil); Caracas(Estadio Olímpico UCV, 30 mil); Puerto La Cruz(Estadio José Antonio Anzoátegui, 37 mil 485); Ciudad Guayana(Estadio Polideportivo Cachamay, 41 mil 300), y Maturín(Estadio Monumental de Maturín, 52 mil).

 EL POLIDEPORTIVO DE PUEBLO NUEVO 

Ubicado en la parte alta de la ciudad de San Cristóbal, frente a la Plaza de Toros, a un lado del Comando Regional No1 de la Guardia Nacional, al final de la Avenida España, parroquia San Juan Bautista. Actualmente es la sede de la Vino Tinto (Selección Venezuela) y del  Deportivo Táchira F.C. (fundado el 11 de Enero de 1974), Templo Sagrado del Fútbol Venezolano, construido en 1975, inaugurándose el  11 de Enero de 1976, con la Copa Presidente de la República que disputaron Deportivo Cali (Colombia) y San Cristóbal F.C, en el marco de las Feria Internacional de San Sebastián.  

San Cristóbal compartirá sede con Mérida, en donde  se enfrentaran las selecciones que conforman el Grupo A  de Bolivia, Perú y Uruguay contra La Vino Tino (Venezuela). Actualmente la ciudad se apresta para recibir a miles de visitantes en ocasión a éste magno evento del balompié. Plazas públicas remodeladas, nuevos hoteles, entusiasmo y  algarabía  en la calle, donde pueden encontrarse las franelas de las oncenas participantes, en los planteles de educación los niños y jóvenes juegan su Copa América como preámbulo, es decir, la emoción se irradia en la prensa, radio y televisión local, toda una fiesta deportiva.

El ídolo del fútbol argentino, Diego Armando Maradona, dará el saque inicial, siendo la segunda vez que estará en San Cristóbal.

 Resaltar entre los medios al Canal 21, con su programa “Noches de  Copa”, TRT con “La Barra”, y el semanario  Lasergol,  especializado en fútbol, todos medios locales. (*)Periodista y Consultor Área Participación Ciudadana

Correo: wilberdavila1960@yahoo.es 

http://wilberareciodavila.blogia.com

San Cristóbal, estado Táchira/Venezuela 

DIA DE LAS MADRES Y SUS ORIGENES

Wilber Arecio Dávila Gómez(*)

 

"Madre: la palabra más bella pronunciada por el ser humano", Kahil Gibran

 Mientras algunos atribuyen la celebración del Día de la Madre a una estrategia mercadotecnia y comercial, la realidad es que su origen tuvo un sentido muy diferente.

En Venezuela este día, es un día de encuentro de la familia, tan  importante como el de de fin de Año. En los hogares preparan suculentas comidas, bebidas, las madres reciben regalos  que con mucho orgullo sus hijos obsequian, adquiridos de sus ahorros. Otros acuden en familia a ceremonias religiosas, a dar gracias a Dios. Los que la tenemos muertas, llevamos flores a sus tumbas y rezamos por ellas. Y recordamos tus lindas anécdotas, como las narraba, mi querida viejecita Olga Rosa Gómez.

 

 Es un día de encuentro en familia, donde el cariño  y el amor se desbordan, confundiéndose con las letras de compositores  que a través del tiempo continúan marcando pautas, en Colombia (Darío Gómez), en Venezuela (Reinaldo Armas), entre otros.

Las primeras celebraciones del Día de la Madre se remontan a la antigua Grecia, donde rendían honores a Rhea, la madre de los dioses Júpiter, Neptuno y Plutón. Los romanos llamaban a esta celebración “La Hilaria”. La celebraban el 15 de Marzo en el Templo de Cibeles, y durante tres días se hacían ofrecimientos.


Los primeros cristianos transformaron estas celebraciones a la Diosa Madre en honor a la Virgen María, la madre de Jesús. En el santoral católico el 8 de diciembre se celebra la fiesta de la Inmaculada Concepción, fecha que se mantiene en la celebración del Día de la Madre en algunos países como Panamá.


En el siglo XVII, en Inglaterra tenía lugar un acontecimiento similar, honrando también a la Virgen, que se denominaba Domingo de las Madres. Los niños concurrían a misa y regresaban a sus hogares con regalos para sus progenitoras.

Además, como muchas personas servían a acaudalados señores, muchas veces lejos de sus hogares, el día era no laborable pero pagado para que pudieran concurrir a sus terruños a visitar a sus familias. En Estados Unidos, en cambio, la celebración tiene sus orígenes hacia 1872, cuando Julia Ward Howe, autora del Himno de batalla de la República, sugirió que esa fecha fuera dedicada a honrar la paz, y comenzó celebrando cada año encuentros en la ciudad de Boston, Massachusetts en celebración del Día de la Madre.


Este hecho aislado se vio acompañado por la inicitiva de una joven, Anna Jarvis, hija de Anna Reeves Jarvis, una activista comunitaria de Virgina Occidental, que hacia 1858 tuvo activa participación en la organización de las mujeres para trabajar en la mejora de la sanidad pública en las comunidades apalaches durante la Guerra Civil Estadounidense, colaborando también en el cuidado de los heridos de ambos lados de la contienda y, más tarde, organizando reuniones para que los antiguos enemigos se integraran y confraternizaran.


Anna, que perdió a su madre en 1905, comenzó a enviar cartas a políticos, abogados y otras personas influyentes solicitando que se consagrara Día de la Madre el segundo domingo de mayo (el cual algunos años coincidía con el aniversario de la muerte de su madre).


Para 1910 ya se celebraba en muchos estados de la Unión, y en 1912 logró que se creara la Asociación Internacional Día de la Madre con el objetivo de promover su iniciativa.
Finalmente, en 1914, el Congreso de Estados Unidos aprobó la fecha como el Día de la Madre y la declaró fiesta nacional, lo cual fue apoyado por el Presidente Woodrow Wilson.


Más tarde otros países se adhirieron a esta iniciativa y pronto Ana pudo ver que más de 40 países del mundo celebraban el Día de la madre en fechas similares.
Sin embargo, la festividad impulsada por Ana Jarvis comenzó a mercantilizarse, de manera tal que se desvirtuaba el origen de la celebración. Esto motivó a que Ana presentara una demanda, en 1923, para que se eliminara la fecha del calendario de festividades oficiales. Su reclamo alcanzó tal envergadura, que hasta fue arrestada por disturbios durante una reunión de madres de soldados en lucha, que vendían claveles blancos, el símbolo que Jarvis había impulsado para identificar la fecha.


Ana luchó con insistencia contra la idea que ella misma había impulsado, perdiendo todo el apoyo de aquellos que la acompañaran inicialmente. En un reportaje que le hicieron antes de su muerte Ana mencionó su arrepentimiento por haber impulsado el Día de la Madre.

En Venezuela

En el año 1921 el Dr. Jesús María Arcay Smith, Presidente de una Asociación llamada "Caridad y Concordia" en Valencia Estado Carabobo, organizó el día de las Tres Madres, admirado de la acogida que había tenido en Valencia, la fiesta de Las Tres Madres, celebrada el 24 de mayo solicitó al Concejo de Valencia que institucionalizara la celebración anual de este día, y lo acepto en un Acuerdo y fijo el cuarto domingo de mayo Día de Las Tres Madres.

 El Dr. Arcay Smith sugirió lo mismo a todos los Concejos Municipales de Venezuela y 82 le respondieron afirmativamente, dictando Acuerdos similares al de Valencia.Luego el Congreso Nacional, a petición del Dr. Arcay Smith, aprobó en el año 1924 una Ley en la cual se decretaba la celebración anual, en todo el territorio Nacional, el Día de Las Tres Madres. 

La mayoría de los países lo festejan en mayo, frecuentemente un domingo, así vemos:

El segundo domingo de mayo en : PUERTO RICO; Alemania, Anguila, Aruba, Australia, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bermuda, Bonaire, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Cuba, Curação, Dinamarca, Ecuador, Estados Unidos, Finlandia, Grenada, Holanda, Honduras, Hong Kong, Italia, Jamaica, Japón, Nueva Zelanda, Perú, Puerto Rico, Suriname, Taiwán, Trinidad, Turquía, Uruguay y Venezuela

10 de mayo: Bahrein, El Salvador, Guatemala, India, Malasia, México, Omán, Pakistán, Qatar, Arabia Saudita, Singapur, Emiratos Árabes Unidos

Primer domingo de mayo: España, Hungría, Portugal, Sudáfrica

15 de agosto, Día de la Asunción: Amberes (Bélgica), Costa Rica

8 de marzo: Albania, Bosnia y Herzegovina, Croacia, Macedonia, Montenegro,Rumanía,Serbia y Bulgaria.
El tercer domingo de octubre: ArgentinaEl primer domingo de junio o el último domingo de mayo: Francia22 de diciembre: IndonesiaEl Día de la primavera: LíbanoEl segundo domingo de febrero: Noruega26 de mayo: Polonia14 de mayo: Samoa Ultimo domingo de mayo: Cúcuta (Colombia), Suecia y República Dominicana Cumpleaños de la reina Sirikit Kitiyakara: TailandiaFormalmente Mothering Sunday, El cuarto domingo de la cuaresma: Reino UnidoA causa de las Heroínas de la Coronilla: Bolivia8 de diciembre: Panamá30 de mayo: Nicaragua 

¡Feliz día de las madres! 

(*)Periodista y Consultor Area Participación Ciudadana

San Cristóbal, estado Táchira/Venezuela

Celular 04147373351

Correo: wilberdavila1960@yahoo.es

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LA COMUNA CONSOLIDA A LA CIUDAD

Wilber Arecio Dávila Gómez(*)

1.-Si las  ciudades medievales presentaron  todas las formas posibles adaptándose libremente a las circunstancias históricas y geográficas. Existieron  ciudades lineales, o sea, alineadas a lo largo de una calle; ciudades nucleares, es decir, alrededor de un elemento generador (un castillo, una abadía, una catedral); ciudades circulares, donde todas las líneas convergen hacia un centro; y ciudades octogonales, cuya regularidad era normalmente el indicio de una fundación estudiada.

En cualquier caso, la mayor parte de los centros urbanos resultaba de la combinación de las diversas tipologías. Además de la presencia de la muralla, otros elementos comunes en las ciudades medievales eran la catedral, el mercado y los palacios del poder civil. A menudo estos tres elementos que sintetizaban la pluralidad de las funciones características de los centros urbanos se desarrollaron en torno a otros tantos espacios vacíos y a otras plazas. En cambio, a veces, una única plaza unía la actividad económica con la política y la religiosa.

2.-Hoy cuando nosotros los venezolanos nos proponemos a realizar cambios profundos de las estructuras coloniales heredadas por España, estos conceptos están más vigentes  que nunca, conocemos en este trabajo de compilaciones los conceptos: ciudad, comuna, sectores comunales, y circuitos comunales. Conceptos que nos animará a discutir una alternativa organizativa de la ciudad de San  Cristóbal.

3.-El concepto de ciudad es para la Edad Media mucho más complejo de lo que a primera vista pueda parecer, porque era el resultado de la concurrencia de factores muy diversos. Desde el punto de vista eclesiástico, según escribía Jacopo da Varagine a finales del Duecento (pero su idea fue universalmente compartida), una ciudad no podía llamarse verdaderamente así si no era la sede de un obispado. Desde el punto de vista civil, el territorio que dependía de la ciudad debía trascender el límite de una simple

4.-En la antigua Roma se denominaba ciudad (cívitas) a la zona habitada por ciudadanos (cívis), los cuales eran aquellos que poseían derechos ciudadanos, independientemente de su actividad (fuera la industria, la agricultura o los servicios).

5.-En la España medieval y del Renacimiento, una ciudad era la población que no tenía señor y era regida directamente por el rey. Tenía el privilegio de enviar procuradores a las cortes para negociar las tasas y gabelas que le pudieran ser impuestas, a cambio de fueros. Esta calificación de ciudad era independiente del tamaño, así, Madrid, capital de España desde 1561, no era ciudad sino villa, estatus que aún conserva.

6.-El Diccionario de la Academia Francesa desde la edición de 1694 hasta la de 1835 definió a la ciudad como “la reunión de muchas casas dispuestas en calles y encerradas dentro de un recinto común que suele ser de muros y fosos”  

7.--El presidente de la república, Hugo Chávez Frías, a través de la Ley Habilitante que le ha sido aprobada por la Asamblea Nacional, ha planteado la necesidad de impulsar y promover cinco motores constituyentes, a saber: Ley Habilitante, Reforma Constitucional, Moral y Luces, la Nueva Geometría del Poder y la Explosión del Poder Comunal, procesos que se adelantan por cierto de forma acelerada en todo el país.
 

8.-En lo que se refiere a la Nueva Geometría del Poder, el presidente Chávez ha planteado la necesidad de poner en marcha una nueva estrategia política territorial “para luchar contra la burocracia y la corrupción. No sólo se encargará del ámbito territorial como mero ambiente geográfico, sino como un espacio que es el resultado de la intervención del ser humano, quien juega un papel de primera importancia en la transformación del espacio, ya que el mismo es un producto social de carácter humano y no de carácter físico geográfico, a su vez el reordenamiento será dictado por las necesidades de las organizaciones populares en este caso, los Consejos Comunales”.
 

9.- El Gobierno Nacional ha comenzado a recibir propuestas por parte de importantes organizaciones sociales, las cuales ofrecen una visión de lo que debe ser la Nueva Geometría del Poder. Esta el denominado “Comuna Caracas”, realizado por Nicmer E. Evans, importante figura ligada al proceso revolucionario, en el cual plantea hacia donde debe ir el nuevo reordenamiento territorial “para permitir la flexibilización en la constitución, no sólo de los Consejos Comunales ya establecidos en la Ley, sino la extensión de esta flexibilización para la constitución de los nuevos ámbitos territoriales que sustituyan a las Parroquias y Municipios actuales”.  

10.-Mientras que la “Comuna de San Cristóbal, aún continúa discutiéndose, entre voceros de consejos comunales, CTU, Comités de los Servicios de Telecomunicaciones, profesionales, y otros operadores políticos, en búsqueda de viabilidad del proyecto, seleccionándose la zona de aplicación, confluyendo varias. Tomando como referencia las  experiencias de comunas de  París, Roma, Buenos Aires, Italia y Alemania.
Otra Nueva Estructura del Poder Comunal

 

11.-Esta nueva estructura estará conformada por los Consejos Comunales, que son la estructura básica fundamental y vinculante, teniendo presente el ciclo comunal que lo conforman: el diagnóstico comunal (necesidades y elaborado por la comunidad), plan comunal (objetivos y metas), presupuesto comunal (costo), ejecución de los proyectos (aportes de ideas), y contraloría social (seguimiento y control), con la participación del pueblo mediante las Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas, de la Comuna.  

12.-Estas estructuras sociales mantienen las características básicas establecidas en la Ley Especial de los Consejos Comunales, con el añadido de ser extensible a toda la estructura, no sólo comunal, sino local, y que podrán organizarse en Sectores Comunales y Circuitos Comunales.


¿Qué son los Sectores Comunales?


13.- Son las agrupaciones inmediatas a los Consejos Comunales mediadas por elementos de identidad o condiciones comunes. Esta estructura es un espacio intermedio entre los Consejos Comunales y los Circuitos Comunales, las cuales designarán voceros sectoriales que faciliten los procesos de toma de decisión. 

 

¿Qué son los Circuitos Comunales?
 14.-Son instancias de coordinación intrasectoriales, que facilitarán los procesos de toma de decisión en asuntos que competan a los Sectores Comunales. Los Circuitos Comunales designarán a un Vocero Circuital, que en reunión de voceros circuitales, elaborarán propuestas normativas que permitan facilitar la ejecución de las decisiones tomadas por las Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas constituidos en Consejos Comunales, y deberán someter a consulta todas las normas formuladas a estas estructuras primarias.

 

De la parroquia o del municipio a la Comuna
15.- El papel de trabajo plantea la necesidad imprescindible de “reconstituir la estructura municipal, conocida como un ayuntamiento o corporación, que no es más que la pretensión de regir como una cofradía los destinos de los ciudadanos más próximos y comunes a través de la delegación del poder soberano”.

 

16.-La figura jurídica de municipio tiene su origen en Roma, y se utilizaba para designar una ciudad que se gobernaba por sus propias leyes, condición que pareciera atentar contra la unidad nacional por su carácter independiente más que interdependiente.
 

17.-La expiración de la estructura municipal, implica el surgimiento conceptual y semántico de una nueva institucionalidad, constituida por una Comuna, como máxima expresión de lo común en comunidad, que tiene como unidad básica vinculante a los Consejos Comunales.   ¿Qué son las comunas? 

18.-Las Comunas son unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial. Esto significa que son instancias de gobierno local con competencia en una comunidad  o en un conjunto de comunidades.

19.-En estos términos, la descentralización propuesta por las Comunas es tanto de carácter administrativo, en virtud de las competencias que en materia de mantenimiento urbano y prestación de servicios se atribuyen a las mismas, como de carácter político, a partir de la elección popular de sus autoridades y la responsabilidad de aquellas frente a quienes las eligieron.

20.-Desde esta perspectiva, las Comunas no son una repartición administrativa más del Gobierno Central. Sino que aparecen como organismos de gobierno con un ámbito territorial propio, con base poblacional y con autoridades electas. 
 
 

¿Qué facultad tiene la Comuna?


 21.- La comuna tiene su origen en la Edad Media, época en la cual se le daba esta denominación a las ciudades italianas independientes de un señor feudal. Varios países han adoptado el nombre de comuna para la unidad administrativa menor y básica. Estos son Alemania (Gemeinde), Bélgica (commune), Chile (comuna), Francia (commune), Italia (comune), Luxemburgo (commune), Holanda (gemeente), Polonia (gmina), Suecia (kommun) y Suiza (commune).
 

22.-Italia centro-septentrional,  el área en la que el autogobierno de la ciudad alcanzó su mayor plenitud. Dos características. La primera de los cuales está constituido por la pluralidad de las clases que concurrieron en la creación del gobierno comunal. La segunda, tuvo como  rasgo distintivo la experiencia comunal de Italia centro-septentrional que se concreta en una relación original entre la ciudad y el territorio circundante. 

23.-El elemento base del Gobierno comunal, a partir del cual se desarrollaron todas las articulaciones sucesivas, estaba constituido por la asamblea, que se señalaba con varios nombres (según la ciudad y el momento): consolium, concio, colloquium, arengum. Originariamente estaba compuesta por todos los ciudadanos, pero muy pronto fue reducida a los cabeza de familia. 

24.-En París(Francia) esta  autoridad local tuvo su origen, el 18 de marzo de 1871, y duró hasta el 28 de mayo de ese mismo año, sólo funcionó por 71 días. Esta comuna tendrá como característica especial la posibilidad de elegir a un Vocero Comunal con la participación directa y secreta de todos los ciudadanos pertenecientes al ámbito territorial de la Comuna, que se diferencia del Alcalde en el sentido fundamental de no ser un mandatario discrecional, sino ejecutor de la voluntad comunal, expresando así la práctica de aquel que tiene delegada una función concreta.  

25.-En Argentina existe una Ley Orgánica de las Comunas(2001) que tiene por objeto establecer las normas de organización, competencia y funcionamiento de la Comunas, a las cuales define como las unidades de gestión política y administrativa descentralizada con competencia territorial y personería jurídica propia.

26.-Las “comunas” argentinas responden a la necesidad de descentralizar las funciones públicas y desconcentrar las funciones del gobierno de la ciudad; facilitar la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones y en el control de los asuntos públicos; promover el desarrollo de mecanismo de democracia directa; mejorar la eficiencia y calidad de los servicios que presta el gobierno de la ciudad; preservar, recuperar, proteger y difundir el patrimonio y la identidad cultural de los distintos barrios (así llaman ellos a las urbanizaciones); y cuidar el interés general de la ciudad.  
  

¿Cómo está conformada la Comuna?


27.-Por una Secretaria Asamblearia, Banco Comunal Local, Contraloría Social Local, Coordinación de Servicios Comunes, Gestión del Poder Popular, Gestión de Prevención y Seguridad Ciudadana, Gestión para la Formación Comunal y Consejo Consultivo.
 

¿Dónde van a funcionar las Comunas?

28.-En una primera etapa - la etapa de la transición - el Poder Ejecutivo es quien tienen la facultad de determinar los territorios  en las que van a funcionar las Comunas, mediante la reforma de la Ley de Consejos Comunales, en el ejercicio de la Ley Habilitante, que se tome en cuenta las solicitudes de los consejos comunales, que sientan que estén en capacidad de dar el paso.

Cuál será el  impacto de las Comunas en la vida del ciudadano?

29.-La creación de las Comunas va a permitir identificar con mayor precisión las necesidades de la población y, consecuentemente,  facilitará el diseño y ejecución de acciones más adecuadas para atender esas demandas. Fundamentalmente en cuestiones vinculadas al mantenimiento urbano menor, que sustentan la gran mayoría de los reclamos que hoy se reciben y que afectan directamente la vida cotidiana de los vecinos y vecinas.
 

Concejos Municipales y Parroquias en la Mira 


 30.-Analizar el funcionamiento de los Concejos Municipales, Evans sostiene que estas estructuras locales están sustentadas en modelos coloniales heredados del dominio español de hace 500 años, donde la vida en común es regentada por ciudadanos electos o designados por el soberano (soberanía que en la etapa colonial radicaba en el rey), con criterios de delegación del poder soberano para decidir los destinos de quienes los eligen y quienes no.
 

31.-Los Concejos son unas estructuras que adversan profundamente el valor democrático de la actual propuesta de gobierno bolivariano rumbo hacia el socialismo del siglo XXI
 

32.-Sostiene que la estructura municipal clásica no está en capacidad de satisfacer la mayoría de las demandas hechas por los propios ciudadanos que han apostado por mantener esta estructura, generándose como solución parcial, su constante crecimiento burocrático en la creencia de que a mayor estructura, mayor será la capacidad de control y respuesta a las necesidades de los ciudadanos que están bajo su jurisdicción.
 

33.- Esta situación irregular hay que sumarle la aberrante tendencia de las estructuras legislativas, a invadir funciones ejecutivas, al sostener esta estructura, un Concejo Municipal no sólo poco legisla en cuanto a sus funciones específicas, sino que se convierten en un obstáculo para el desarrollo de sus proyectos urgentes o imprescindibles para la comunidad.
 

34.-Opina que el ritualismo y burocratismo enquistado en esas dependencias, nada eficientes, frustran incluso las iniciativas ciudadanas. Las Cámaras Municipales terminan, por su propia dinámica autodestructiva, llevando a los concejales a querer convertirse en pequeños alcalditos que no tienen la facultad real de solucionar nada, pero generan la ilusión de poderlo hacer de manera más directa que los alcaldes, creando falsas expectativas en una comunidad altamente demandante de soluciones y frustrada por la ineficiencia de la municipalidad.
 

35.-Si se   introduce el agravante de que el funcionario o el ciudadano común ve a la estructura municipal como un ente al que hay que extraerle todo lo que se pueda, casi convirtiéndose en una piñata pública y además, si a esto le sumamos los pasos administrativos que los ejecutivos municipales deben cumplir para ejecutar proyectos y los controles que no garantizan la pulcritud de la ejecución de recursos en franca separación de la posibilidad real de que los ciudadanos puedan fiscalizar el uso de los recursos que el mismo genera y colectiviza para el bien público, tenemos entonces un cuadro parcialmente pintado del agotamiento de un modelo de gobierno local que ya no soporta más reformas o enmiendas.
 

Sólo un Prediagnóstico
 

36.- Hasta ahora, el  papel de trabajo de la “Comuna Caracas”, realizado por Nicmer E. Evans, está en  poder del Ejecutivo Venezolano, no ha sido sometido a la discusión pública, lo que implica que puede ser sometido a reformas a causa de los aportes que generen su discusión, sin embargo es un documento que revela a las claras hacia dónde va la Nueva Geometría del Poder, propuesta por el presidente de la república, Hugo Chávez Frías.

 (*)Periodista y Consultor Área Participación Ciudadana

San Cristóbal, estado Táchira/ Venezuela

Celular 0414-737-33-51

Correos:

wilberdavila@hotmail.com

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CONSEJOS COMUNALES COHESIONA A LA COMUNIDAD

Wilber Arecio Dávila Gómez(*)

Los consejos comunales desarrollan entre otros al artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que dice” Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por intermedio de sus representantes elegidos o elegidas.

La participación del pueblo en la formación, ejecución, y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice  su completo  desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber  de la sociedad facilitar la generación de las condiciones mas favorables para su practica.”

El Consejo Comunal  enmarcado dentro del concepto de la democracia participativa y protagónica, y regulados en Ley de Consejos Comunales, sancionada en la Asamblea Nacional, con 33 artículos el 7 de Abril del 2006,  y publicada en Gaceta Oficial 5806 el 10 de  Abril de 2006 La ley   define a los consejos comunales   en su artículo 2 como “son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social”

Es el conglomerado social de familias, ciudadanos y ciudadanas que habitan en un área geográfica determinada, que comparten una historia e intereses comunes, se conocen y relacionan entre si, usan los mismos servicios públicos y comparten necesidades y potencialidades similares, económicas, sociales, urbanísticas y de otra índole.

Área Geográfica (Artículo 4 Numeral 3)
Es el territorio que ocupan las y los habitantes de la comunidad cuyos limites geográficos son establecidos en asamblea de ciudadanos y ciudadanas y dentro de las cuales funcionara el Consejo Comunal.

Base Poblacional (Artículo 4 Numeral 4)
Se establece a modo referencial que las comunidades se agrupen en familias entre doscientas (200) y cuatrocientas (400) en el área urbana y a partir de veinte (20) en áreas rurales. En tal caso la base poblacional para establecer el funcionamiento del Consejo Comunal será decidida por la asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas conforme a las particularidades que esta tenga.


Comité de Trabajo (Artículo 4 Numeral 6)
Es el colectivo o grupo de personas organizadas para ejercer funciones especificas, atender necesidades y desarrollar las potencialidades de la comunidad. El comité de trabajo articulará la participación e integración de las organizaciones comunitarias, movimientos sociales y habitantes de la comunidad: salud, educación, tierra urbana, economía social, deporte y recreación, seguridad, servicios, vivienda y hábitat, telecomunicaciones, cultura, protección de animales, alimentación, etc.


Área de Trabajo (Artículo 4 Numeral 7)Se constituyen en relación con las particularidades y los problemas más relevantes de la comunidad. El numero y contenido dependerá de la realidad de cada comunidad y serán decididas en asamblea de ciudadanos y ciudadanas.

Vocero o Vocera (Artículo 4 Numeral 9) Es la persona electa en asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas para integrar cada comité de trabajos a fin de coordinar todo lo relacionado con el funcionamiento del Consejo Comunal, la instrumentación de sus decisiones y la comunicación de las mismas ante la instancia correspondiente. No existe un número límite para cada comité.


Banco Comunal (Artículo 4 Numeral 10)

Es la forma de organización y gestión económico-financiera de los recursos de los Consejos Comunales; es una organización flexible, abierta, democrática, solidaria y participativa, implementada a través de una cooperativa.


Principales objetivos de los consejos comunales
1. Articular las organizaciones de base presentes en la comunidad y promover la creación de nuevas donde sea necesario. Hay sumas que multiplican. Eso debe ser el Consejo Comunal
2. Elaborar un plan único de trabajo para atacar los problemas que la comunidad puede resolver con sus propios recursos y evaluar sus resultados.  Para ello debe analizar los recursos materiales y humanos con que cuenta la propia comunidad y lograr el apoyo de los vecinos para resolver los problemas.

3. Promover la elaboración de proyectos en relación con los principales problemas que por sus altos montos o complejidad la comunidad no esté en capacidad de resolver. Estos proyectos deben ir al presupuesto participativo o a otras instancias de financiamiento.

4. Ejercer el control social en todas las actividades que se desarrollan en la comunidad, sean éstas de orden estatal, comunitario o privado (alimentación, educación, salud, cultura, deportes, infraestructura, cooperativas, misiones, y otras.)
  
 

ORGANOS DEL CONSEJO COMUNAL

El Órgano Ejecutivo (Artículo 8)
 Ejecuta las decisiones de la asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en relación con las funciones del Consejo Comunal. Está integrado por los voceros y voceras de cada comité de trabajo.

La Unidad de Gestión Financiera o Banco Comunal (Artículo 10)
Tiene como función administrar recursos financieros y no financieros de la comunidad, y servir de ente de inversión y de crédito. Está integrado por cinco (5) personas de la comunidad bajo la figura jurídica de Cooperativa.

La Unidad de Contraloría Social (Artículo 11)
 Es para controlar, fiscalizar y supervisar el manejo de los recursos asignados, recibidos o generados por el Consejo Comunal. Está integrado por cinco (5) personas de la comunidad.

CONSTITUCIÓN DE LOS
CONSEJOS COMUNALES


Primer Paso:
(Artículo 15)Conformación del equipo promotor provisional conformado por Ciudadanos y Ciudadanas de la comunidad o personas externas que asuman esta iniciativa y dejar constancia escrita de quienes conforman este equipo en el acta que se levante para tal fin.

Segundo Paso:
(Artículo 16 y 17)El equipo promotor provisional organizará la realización del censo demográfico de la comunidad y convocará a una asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas no menor del 10% de la población en un lapso no mayor de treinta (30) días a partir de su conformación para elegir a la comisión promotora y la comisión electoral.

Tercer Paso:
(Artículo 17)La comisión promotora difundirá entre los habitantes de la comunidad los objetivos del Consejo Comunal y elaborará un croquis del área geográfica del sector con su historia y convocará a la asamblea constituyente comunitaria en un lapso no mayor de noventa (90) días con un quórum de 20% de la comunidad para la postulación de voceros y voceras. (Los miembros de la comisión electoral no pueden postularse)

Cuarto Paso:
(Artículo 18)La comisión electoral elaborará el registro y material electoral y hará del conocimiento de la comunidad todo lo relativo a la elección de los voceros o voceras. Luego de escrutar y totalizar los votos proclamará y juramentará a los integrantes de los órganos del Consejo Comunal electas y levantar un acta del proceso de elección y sus resultados.

Quinto Paso:
(Artículo 20)Los Consejos Comunales serán registrados ante la Comisión Local Presidencial del Poder Popular, para lo cual harán entrega de los estatutos y acta constitutiva aprobados por la asamblea de ciudadanos (as). Una copia del registro será consignada ante el Consejo Local de Planificación Pública correspondiente, a los efectos de lograr la articulación con el Sistema Nacional de Planificación Pública. También han de consultar a los entes competentes municipales (Artículo 4, numerales 2 y 3 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal) sobre los pasos y procedimientos para la creación de los Consejos Comunales y la obligación de que estos organismos asignen un equipo técnico asesor para el acompañamiento, seguimiento y evaluación formal del proceso.

(*)Periodista y Consultor Área Participación Ciudadana

San Cristóbal, estado Táchira/ VenezuelaCelular

0414-737-33-51

Correos:

 wilberdavila@hotmail.com

wilberdavila1960@yahoo.es 

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Servicios de Capacitación a Consejos Comunales

Wilber Arecio Dávila Gómez(*)

Los servicios de capacitación, asesoría y de información son
indispensables a todos los integrantes de las distintas instancias
de la estructura organizacional del consejo comunal, para acelerar
en la construcción del Poder Comunal.

Es necesaria la creación de una institución para profundizar en la
formación de los integrantes de los consejos comunales, de tal forma
de alcanzar un verdadero Poder Comunal, de lo contrario, quienes
lo integran perderán la credibilidad en la comunidad, porque sus
vecinos, piden soluciones a un sinnúmero de problemas, que algunos
de ellos, son materiales, pero otros son de relaciones
interpersonales, y de ausencia de valores humanos.

Ir mas allá, de señalar cuáles son las funciones de cada uno,
inducirlos en el conocimiento de los problemas de la comunidad y a
un verdadero acercamiento entre los vecinos, como características de
vivir en comunidad.

Sino logramos que los vecinos rescaten su acercamiento, será más
difícil de alcanzar la unidad en la comunidad.

En esta primera etapa, se hace necesario impulsar reuniones y
asambleas, teniendo presente los siguientes puntos: agenda bien
definida; lugar cómodo y equilibrado; en hora que todos puedan
asistir; garantizar la puntualidad del inicio; quienes convoquen
deberán estar de primero para ordenar y crear el ambiente de
bienvenida; la convocatoria deberá hacerse empleando todos los
medios, tales como emisora, periódico, TV, carteles, avisos,
volantes, perifoneo y radio bemba, etc.

Las reuniones y asambleas son mecanismos de encuentros, viables para
garantizar el acercamiento entre los vecinos, allí se conocerán más
y se crea interés comunal, para mejorar las condiciones de vida de
la comunidad.


(*)Periodista y Consultor Area Participación Ciudadana
Celular 58+0414-737- 33-51
Correo electrónico: wilberdavila1960@ yahoo.es

Comité Comunitario de Constructores

COMITÉ DE CONSTRUCTORES POPULARES

Wilber Arecio Dávila Gómez * 

Proponemos esta figura del Constructor Popular a los concejos comunales, los cuales pueden crear un Comité de Constructores Populares. Y lo definimos así: Personas con creatividad, capaz de crear. En nuestras comunidades existen muchos creadores, especialmente en el área de la construcción. Constructor es sinónimo de contratista, arquitecto y  maestro de obra.

 

PRIMERO: Realizar un  censo, lo debe realizar el Comité de Constructores Populares, para localizar  a los constructores del barrio. Detallo una lista de oficios. Datos para recabar: Nombres y Apellidos, Documento de Identidad; Dirección; Teléfono; Oficio. Disponibilidad.

 
Cabillero Carpintero Electricista GraniteroImpermeabilizadorInstalador electromecánicoLatoneroLinderoMecánico de Equipos PesadoMontadorOperador de Equipos PesadoOperador de Equipos Pesado(Grueso)Operador de Moto niveladoraOperador de Moto traíllaOperador de Maquinas –HerramientasPintorPlomeroSoldadorTractoristaCaporal de EquipoMaestro AlbañilMaestro CabilleroMaestro CarpinteroMaestro de ObraMaestro de Obras ElectromecánicasMaestro de VoladurasMaestro ElectricistaMaestro GraniteroMaestro ImpermeabilizadorMaestro PintorMaestro PlomeroMecánico Equipo PesadoTractoristaMaestro MecánicoObreroVigilanteAyudanteAyudante Mecánico DieselAyudante de OperadoresTubero FabricadorChofer de GandolaChoferMaquinista de ConcretoEngrasadorOperador de Equipo PerforadorSoldadorCaporalConcheroMecánico de GasolinaOperador de Equipo LivianoOperador de Planta FijaOperador de PavimentadotaChofer CamiónChofer Camión MezcladorDinamiteroCaucheroAuxiliar de DepositoAyudante de  TopografíaOperador de MartilloRastrilleroOperador de Pala

Estas mismas personas, inicialmente pueden prestar el servicio a sus propios vecinos, muchos desconocen que existen personas preparadas en estas áreas en sus propias comunidades, quienes pueden ofrecer mayor confianza y seguridad en el trabajo.

 

SEGUNDO: Realizar talleres por oficios. Ejemplo el del plomero del hogar, electricidad domestica, etc. Son actividades que los vecinos las deben conocer.

 

TERCERO: Organizar una cooperativa. Con las personas censadas y localizadas en los oficios arriba señalados, con ellos, conformar una cooperativa, pueden pedir asesoría al INCE, Centrales de Cooperativas, Sunacoop, etc.

 

CUARTO: Ofertar sus servicios a instituciones públicas y privadas.

 

*Periodista y Consultor Área Participación Ciudadana

  Correo Electrónico: wilberdavila196064yahoo.es

  Celular: 58+0414-737-3351

  San Cristóbal, estado Táchira/Venezuela